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ESTRATEGIAS FISCALES

De acuerdo con las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) tanto personas físicas como morales están obligadas al pago de impuestos sobre todos los ingresos que perciban, independientemente de la fuente de riqueza.

 

Sin embargo, el contribuyente puede deducir algunos conceptos y disminuir la base gravable para el cálculo de impuestos.

 

La fracción V del Artículo 151 de la LISR establece que las Personas Físicas podrán deducir el monto que resulte menor entre 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s) o el 10% de sus ingresos acumulables a través de un Plan Personal de Retiro (PPR).

 

Con base en el Artículo 185 de la LISR pueden deducir otros $152,000 pesos por concepto de aportaciones de ahorro para el retiro. 

Informe financiero
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